ORGANISMOS FISCALIZADORES
El sistema democrático actual, perfeccionado por MONTESQUIEU, esta basado en la separación y en el mutuo control de los poderes públicos, Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Asimismo se van creando otros organismos de control, como ser: Contraloría General de la Republica , Banco Central, Superintendencias, Ministerios etc etc…..
Uno de los grandes problemas, es ¿Quién controla a los controladores?. Por ejemplo: la superintendencia de Bancos, las Administradoras de Fondos de pensiones; AFPs., a las Sociedades Anónimas; o a los encargados de Fijar Tarifas publicas, como: Ministerio de transporte y Telecomunicaciones, Ministerio de Economía etc. etc…..
Se supone, que a los poderes públicos, los controla el pueblo a través de elecciones periódicas, y un sistema análogo se puede establecer para controlar a las diversas Superintendencias, organismos y subsecretarias encargadas de cautelar la fé pública en las instituciones citadas, y los derechos de los consumidores frente a los Monopolios.
La experiencia en chile, demuestra que el control de los poderes públicos sobre sus pares, funciona muy poco. A pesar del desprestigio público y generalizado de los políticos, del Sistema Judicial y de algunos Gobernantes; muy pocos han sido destituidos en la historia de Chile; me parece que presidentes de la Republica ninguno, pues los golpes de estado no son mecanismos democráticos; Senadores, solo recuerdo el caso de Maria de la Cruz en el último medio siglo; y jueces de la Cote Suprema , solo el caso del Ministro Cereceda, en toda la historia Republicana, y con rumores, de que no se habría cumplido íntegramente con la resolución del Senado.
Con respecto a las Superintendencias de Sociedades Anónimas y Bancos; hubieron grandes fraudes en el pasado, y ambas se demostraron completamente ineptas para detectarlos o eliminarlos, antes de que por su crecimiento, reventaran solos.
En el caso de las fijaciones de precios a los Monopolios, hemos podido contemplar, como éstos suben los precios casi permanentemente, con la anuencia casi unánime de los controladores, salvo en el caso de la Compania de Teléfonos, que por razones, alomejor personales, se logro que en el año 1994 se fijaran ciertos limites a las aspiraciones del prestador del servicio.
Ahora con respecto a las Superintendencia de AFPs. que debe cumplir el rol de cautelar los derechos previsionales de Millones de Chilenos; y en cuyas manos se encuentran hoy sumas Nominales cuantiosas; de decenas de Billones de Dólares. A pesar de que existe una cuasi certeza, de que se han cometido abusos y malos manejos con los dineros de los ahorrantes previsionales “obligados”, no hemos conocido de sanciones, o de algún fraude descubierto, por este ente fiscalizador.
Ante lo anterior; y ante el conocimiento de la naturaleza humana, que hace muy difícil, que funcionarios, normalmente con remuneraciones inferiores a sus expectativas o a sus niveles de gasto; y sin capacidad, tiempo, o autoridad, para controlar a monstruos económicos; que con un porcentaje ínfimo de sus ganancias, pueden comprarlos con años o décadas de sueldo; o con una simple llamada de Teléfono, pueden hacerlos perder sus puestos.
SUGIERO: que en el caso de la Superintendencia de AFPs. su labor de controlar a las AFPs. , SE MODIFIQUE, pues a mi juicio, solo la cumple en lo formal y en formalidades; y en el futuro, su labor solo debe consistir en poner a disposición de cualquier chileno con Titulo Universitario de 5 años de estudio, o contador, o auditor; todas las informaciones que éste solicite, para que pueda revisar libremente las actuaciones e éstas; asimismo, a disposición de cualquier otra persona, que 100 imponentes de AFPs. autoricen a representarlos como REVISOR-CONTROLADOR; de esta manera, multiplicamos los controladores por miles, con lo cual hacemos casi imposible, para las INSTITUCIONES CONTROLADAS, comprarlos, presionarlos, engatusarlos o hacerles perder la pega.
Un sistema similar se puede establecer para el control de las tarifas de los Monopolios; es decir, que cualquier persona, con la firma de 100 consumidores, pueda auditarlos y revisar los métodos que se usaron, para fijarles las tarifas y su forma de implementación.
Lo mismo puede ser valido para los Bancos, estableciendo que el representante de 100 depositantes o cuenta corrientistas, tenga el mismo derecho. Y para las Sociedades Anónimas, igual, pero con la salvedad que el N° de 100 se ajustaría al 10% del N° de accionistas, para las Sociedades con menos de 1.000 accionistas.
La urgencia de MODIFICAR LOS SISTEMAS DE SUPERVISIÓN; se hace evidente; cuando podemos presenciar públicamente, que cuando se autoriza a las AFPs. a invertir los dineros que administran de TERCEROS, en acciones de Soc. Anónimas u otros activos; éstos suben violentamente; y desgraciadamente, en el futuro, cundo se necesita vender estas acciones o activos, para pagar las jubilaciones, lo probable es que su valor baje violentamente; como ejemplo y para terminar, citaré el caso de ENDESA.
En esta empresa, el Estado vendió acciones, a los interesados: imponentes, funcionarios públicos, miembros de las Fuerzas Armadas etc., a un precio de $12.50 por acción, y en algunos casos los interesados podían pagarlas usando sus indemnizaciones por años de servicios y, además tenían la posibilidad de adquirir mas acciones, con facilidades de pago.
Como dijimos, el Estado vendió estas acciones a $12.50 c/u, la gran mayoría de los que las recibieron y/o adquirieron, se deshicieron de ellas a precios entre $12.50 y $25.00 la acción, como se puede verificar a través de los Registros de accionistas; pero curiosamente, los que se las compraron, en muchos casos, se las han vuelto a vender, INDIRECTAMENTE, a los mismos imponentes, funcionarios o miembros de las Fuerzas Armadas, a través de las AFPs.; a precios entre $50.00 y $340.00, cada acción.
Otra variable muy importante a tener en cuenta; es que en el caso de acciones de
Sociedades Anónimas, es muy fácil crear Utilidades ficticias, elevando artificialmente el precio de éstas. Pues los sistemas de valoración, comúnmente en uso, establecen que la cantidad total de acciones que se posean, se valorizan al último precio del Mercado, o al promedio de precio del último mes, etc..
Por otra parte, el sistema de ahorro de Fondos Previsionales, por sus características propias, consiste en un Flujo positivo de Fondos durante largos años; posteriormente un flujo neutro y finalmente, teóricamente, un flujo negativo.
Por otra parte, el sistema de ahorro de Fondos Previsionales, por sus características propias, consiste en un Flujo positivo de Fondos durante largos años; posteriormente un flujo neutro y finalmente, teóricamente, un flujo negativo.
Lo anterior, permite que en la etapa de flujo positivo de fondos, que es la actual, y que como dijimos dura muchos años, se puede crear una demanda permanente por acciones a precios crecientes, creándose enormes utilidades Ficticias, que solo se descubrirán a la HORA DE LA VERDAD ; que es, muchos años más tarde, cuando el flujo de fondos se hace negativo, y en consecuencia, es necesario crear una OFERTA permanente de acciones; que permita generar recursos, para cumplir con los compromisos adquiridos anteriormente.
Creo que lo expuesto, es un Tema que da para meditar y para investigar, y demuestra la imperiosa necesidad de implementar, a la brevedad posible, reformas a los sistemas de control vigente.
Escrito en 1996
Nota: Un ejemplo actual, de Mayo 2011, las AFPs están solicitando un plazo, véase link:
“A raíz de la petición de la Asociación Gremial de AFP de aumentar dicho plazo de seis a tres años, la Superintendencia consideró atendible modificarlo, ampliándose a 12 meses”. |
Sólo para vender acciones de Falabella, por un monto de aproximadamente el 2 por mil de los Fondos en Administración por éstas.
http://www.euroamerica.cl/AdminMundoEstudios/Admin/Estudio/PDF/MAILS/20110518_flash%20note_falabella.pdf
CON FECHA JUNIO 2011, el caso de la POLAR, es otro Ejemplo de lo expuesto
CON FECHA JUNIO 2011, el caso de la POLAR, es otro Ejemplo de lo expuesto
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